El cambio que más nos atañe es el que se refiere al Artículo 34: Importaciones de bienes de escaso valor.
Estarán exentas del Impuesto las importaciones de bienes cuyo valor global no exceda de 22 euros.
Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior:
1.º Los productos alcohólicos comprendidos en los códigos NC 22.03 a 22.08 del Arancel Aduanero.
2.º Los perfumes y aguas de colonia.
3.º El tabaco en rama o manufacturado.»
Hasta ahora, desde que se aprobara dicho artículo en 1992, el límite era de 150 euros. Esto supone que por cada compra que hagamos fuera de la Unión Europea y supere los 22 euros, gastos de envío incluídos, nos sumarán un IVA que antes no teníamos que pagar, a menos que el producto costara más de 150 euros. Obviamente, la mayoría de los videojuegos tiene un precio más elevado, por lo que tendremos que pagar un arancel si lo adquirimos en un país no perteneciente a la UE. Afortunadamente, siempre nos quedará
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